En consecuencia, esta Juez del Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación del Circuito Judicial de Protección de Niños Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Vargas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la Autoridad que le confiere la Ley, Declara: CON LUGAR, la solicitud de Divorcio formulada por los ciudadanos: ZORMIRAIMA PEREZ TORRES y DOMINGO ANTONIO HERNANDEZ ROMERO, venezolanos, mayores de edad y titulares de las cédulas de identidad Nros. V-11.643.433 y V-5.098.857, respectivamente, fundamentada en el artículo 185-A del Código Civil, y en consecuencia, declara DISUELTO el vínculo matrimonial que contrajeron en fecha 14 de diciembre del año 1990, por ante la Primera Autoridad Civil de la Parroquia La Guaira, Municipio Vargas, del estado Vargas.
De conformidad con lo establecido en el Articulo 351 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño, Niña y del Adolescente, con .....