En consecuencia, Por las razones antes expuestas, este Tribunal Segundo de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la Autoridad que le confiere la Ley, Declara: CON LUGAR, la solicitud de Divorcio formulada por la ciudadana BEATRIZ MIREYA SANCHEZ PEREZ, titular de la Cédula de Identidad Nº V-6.246.920, fundamentada en el artículo 185-A del Código Civil y en la Sentencia vinculante de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia distinguida con el Nº 693 de fecha dos (02) de junio de 2.015, en consecuencia, declara DISUELTO el vínculo conyugal, contraído con el ciudadano JAIME GONZALO NAZCO, titular de la cedula de identidad Nº V-7.682.990, por ante el Consejo Municipal del Municipio Los Salías, estado Miranda, en fecha veinticuatro (24) de abril de 2003, según Acta Nº 018.-
Ahora bien, de conformidad con lo est.....