Por las razones antes expuestas, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución del Circuito Judicial de Protección de Niños Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Vargas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la Autoridad que le confiere la Ley, Declara: CON LUGAR, la solicitud de Divorcio formulada por los ciudadanos: JULIO CESAR GUTIERREZ DIAZ y CARMEN TERESA ESPIN ROMERO, venezolanos, mayores de edad y titulares de las cédulas de identidad Nros. V-11.639.133 y V-11.642.681, respectivamente, fundamentada en el artículo 185-A del Código Civil, y en consecuencia, declara DISUELTO el vínculo matrimonial que contrajeron en fecha 27/04/2000, por ante el extinto Juzgado Segundo de Municipio de la Circunscripción Judicial del estado Vargas, hoy Juzgado Segundo de Municipio y Ejecutor de Medidas del Circuito Judicial Civil, Mercantil y de Transito de la Circunscripción Judicial.....