En mérito de las anteriores consideraciones, esta Jueza Primera de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Vargas, de conformidad con lo establecido en el artículo 393 de la Ley Orgánica de Protección de Niños, Niñas Adolescentes en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, AUTORIZA el viaje de la adolescente, nacida el 10 de diciembre de 2003, de trece (13) años de edad y titular de la cedula de identidad V- 30.114.149 y del pasaporte Nro. 102607422, y los niños (gemelos), nacidos el 15 de mayo de 2007, de nueve (09) años de edad, titulares de los pasaportes Nros. 068305808 y 068305510 respectivamente, para que viajen en compañía de su progenitor, el ciudadano FIDEL ALFONSO NUÑEZ MONCADA, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V-6.397.042, pasaporte Nro. por la Línea Aérea American Airlines, conforme al s.....