En consecuencia, esta Juez Primera de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Vargas, considera desistido el procedimiento y declara EXTINGUIDA la instancia, de conformidad con lo establecido en el artículo 514 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes. Ciérrese el presente caso. Se ordena su remisión al Archivo Judicial, Región Vargas. Cúmplase lo ordenado.-