PRIMERO: CON LUGAR La Demanda de Partición de Bienes de la Comunidad Conyugal incoada por la ciudadana FANNY DEL CARMEN GARCÍA HERRERA, de nacionalidad venezolana, mayor de edad y titular de la Cédula de Identidad N°.13.671.455 en contra del ciudadano JOSÉ RAMÓN RUIZ VIANA, de nacionalidad venezolana, de este domicilio y titular de la Cédula de Identidad N° 10.575.224, de conformidad con lo previsto en los artículos 151 y 173 del Código Civil, en concordancia con lo establecido en el artículo 777 del Código de Procedimiento Civil.
SEGUNDO: Como consecuencia de la declaratoria se ordena proceder a la partición y liquidación de la comunidad conyugal en un porcentaje de 50% para cada uno entre los ciudadanos: FANNY DEL CARMEN GARCÍA HERRERA y JOSÉ RAMÓN RUIZ VIANA, sobre las bienhechurías construidas en el primer piso de la vivienda que es o fue de los ciudadanos RAMÓN CELESTINO RUIZ BARRIOS y CARLOTA VIANA de RUIZ, titulares de las Cédulas de Identidad Nºs 3.364.418 y 4.114.892, respe.....