En consecuencia, se disuelve el vínculo matrimonial que une a los ciudadanos TANIA MARÍA TEIXEIRA LIMA y ROBERTO RAFAEL SOLÓRZANO STACKPOLE, el cual contrajeron por ante la Primera Autoridad Civil de la Parroquia Macuto, Municipio Vargas del Estado Vargas en fecha 29 de enero del año 1994, y cuya acta se encuentra anotada con el N° 03, de los libros respectivos, y en cuanto a las Instituciones familiares, este Tribunal establece que ambos progenitores continuarán en el ejercicio de la patria potestad y la responsabilidad de crianza del adolescente, de conformidad con lo previsto en los artículos 347 y 358 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes; el progenitor ejercerá la custodia de su hijo y se fija un régimen de convivencia familiar de manera abierta, por lo que la madre disfrutará del tiempo que ambos padres acuerden para el contacto materno filial, y en cuanto a la obligación de manutención, la ciudadana TANIA MARÍA TEIXEIRA LIMA proporcionará de manera.....