En consecuencia, se DECLARA DESISTIDO el presente procedimiento de divorcio, intentado por la ciudadana CARMEN ANAIS MUJICA GONZÁLEZ, de nacionalidad venezolana, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad Nº 15.147.682, en contra del ciudadano JOSÉ LUIS ALEMÁN, de nacionalidad venezolana, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad Nº 12.832.896, y, en consecuencia, extinguida la instancia, por lo que se declara terminado el presente proceso, de conformidad con lo previsto en el artículo 522 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes. En virtud de dicho pronunciamiento, se acuerda devolver a la parte actora los originales de los documentos consignados, previa su certificación por Secretaría.