En mérito de ello, este Juez Primero de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Vargas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara: SIN LUGAR la demanda de divorcio fundamentado en los ordinales 2° y 3° del artículo 185 del Código Civil, incoada por el ciudadana LUIS ÁNGEL CASTILLO GIANNOTTI, de nacionalidad venezolana, mayor de edad y titular de la Cédula de Identidad N° 6.317.223, en contra de la ciudadana IVANOVNA ANGÉLICA CANCINES JIMÉNEZ, titular de la Cédula de Identidad N° 6.497.847, por no estar satisfechos los extremos legales exigidos en la citada norma.