PRIMERO: CON LUGAR LA SOLICTUD DE PRUEBA ANTICIPADA, solicitada por la Fiscalía Septuagésima Novena del Ministerio Público a Nivel Nacional con Competencia Plena, respecto al testimonio de los niños (A.J.E.Z.), de siete (07) años de edad y de (A.E.E.Z.) de cinco (05) años de edad, (se omite su identificación de conformidad a lo dispuesto en el artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño, Niña y Adolescente), la cual será evacuada en audiencia oral que se fija para el día Martes 04 de Julio de 2017, a las 09:00 a.m, conforme a lo establecido en el artículo 289 del Código Orgánico Procesal Penal. SEGUNDO: Se ordena librar boletas de citación a las partes a los fines de que acudan para el día Martes 04 de Julio de 2017, a las 09:00 a.m., a la celebración de audiencia a los fines de evacuar el testimonio de los niños (A.J.E.Z.), de siete (07) años de edad y de (A.E.E.Z.) de cinco (05) años de edad, (se omite su identificación de conformidad a lo dispuesto en el artículo 65 d.....