Por las razones anteriormente expuestas este Tribunal Segundo de Primera Instancia en lo Penal de Violencia Contra la Mujer en Función de Control de la Circunscripción Judicial del Estado Vargas impartiendo justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, resuelve lo siguiente: PRIMERO: Declara SIN LUGAR, la solicitud de Revisión de Medida presentada por la Abogada NEVIDA VARGAS, actuando en su carácter de Defensora Publica Penal de los Ciudadanos JHON FEDERIS ECHARRY ECHARRY, titular de la cedula de identidad Nº 20.780.398 y JOSE ALCALA CARBALLO UGUETO, titular de la cedula de identidad Nº 20.559.591, plenamente identificado en autos, por no haber variado las circunstancias que motivaron el decreto de la Medida Judicial Preventiva Privativa de libertad.. Notifíquese a las partes de la presente decisión. Regístrese y Publíquese. Cúmplase.-