Por todos los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Segundo (2º) de Primera Instancia en Funciones de Control, Audiencias y Medidas de Violencia Contra la Mujer de la Circunscripción Judicial del Estado Vargas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, seguida en contra del ciudadano BENITO JESUS GUZMAN FARIAS, titular de la cedula de identidad Nº 19.770.891. de conformidad con lo establecido en el artículo 300 numeral 3º del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley del Código Orgánico Procesal Penal, concatenado con el articulo 103 del Código Penal Venezolano, se acuerda la remisión de las presentes actuaciones en su debida oportunidad legal, a los fines de su guarda y custodia a la Oficina de Archivo Judicial. Publíquese, regístrese y notifíquese a las partes, de conformidad con lo establecido en el artículo 163, único aparte del Decreto con rango, Valor y Fuerza de Ley del Código.....