Por todos los razonamientos antes expuestos, este Tribunal Segundo de Primera Instancia de Violencia Contra la Mujer, en función de Control, Audiencia y Medidas, del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Vargas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley: PRIMERO: Se Decreta el Archivo Fiscal y con ello el cese de la Medida Cautelar que haya sido impuesta por la autoridad competente al ciudadano WILLIAN FERNANDO URIBE REGALADO, titular de la cedula de identidad Nº 12.623.572, de conformidad con el articulo 297 del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley del Código Orgánico Procesal Penal. SEGUNDO: Se mantienen las Medidas de Protección y Seguridad impuestas en fecha 04/02/2016 previstas y sancionadas en el articulo 90 numerales 1º, 6º y 13º de la Ley Especial y Ampliadas en fecha 09/03/2016 en Audiencia de Ampliación de Medidas por ante este Tribunal, en la cual se acordó la Medida del articulo 90 .....