PRIMERO: Declara CON LUGAR, la solicitud de Revisión de Medida presentado por la Defensa Publica Penal ABG. NEVIDA VARGAS, actuando en su carácter de Defensor Publico Penal del acusado ciudadano, MANUEL ENRIQUE MEZA MEZA, titular de la cedula de identidad Nº 29.665.330, de conformidad con el artículo 250 del Código Orgánico Procesal Penal. SEGUNDO: Se acuerda la Libertad del Ciudadano MANUEL ENRIQUE MEZA MEZA, titular de la cedula de identidad Nº 29.665.330. TERCERO: Se mantiene la Medida Cautelar Sustitutiva de Libertad, de conformidad con el artículo 242 ordinales 3º del Código Orgánico Procesal Penal a saber ordinal: 3º.- Consistente en Presentación Periódica ante la Oficina de Alguacilazgo cada (30) días. Así como las Medidas de Protección y Seguridad Impuestas en la Audiencia de Presentación de Imputado contentiva en el articulo 90, 1, 5, 6 y 13 del la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia a la Ciudadana Victima DIOMARA CASTRO SANCHEZ. CUART.....