Por las razones anteriormente expuestas, este Tribunal Primero de Primera Instancia con competencia en Delitos de Violencia contra la Mujer de la circunscripción judicial del Estado Vargas, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
1.- CULPABLE, al ciudadano JOSÉ ALBERTO GARCÍA GARCIA, titular de la cédula de identidad N° V-13.439.187, por los delitos de ABUSO SEXUAL AGRAVADO A NIÑA, previsto y sancionado en el segundo párrafo del artículo 259 de la Ley Orgánica Para la Protección de Niños Niñas y Adolescentes en concordancia con el artículo 217 ejusdem en perjuicio de la niña (B.N.I.P.) de 11 años de edad, y el delito de ABUSO SEXUAL AGRAVADO A ADOLESCENTE, previsto y sancionado en el artículo 260 en concordancia con el segundo párrafo del artículo 259 de la Ley Orgánica Para la Protección de Niños Niñas y Adolescentes y con el artículo 217 ejusdem en perjuicio de la adolescente (J.D.J.T.P.) de 15 años de edad (.....