Se acordó librar el correspondiente oficio al Departamento de Recursos Humanos de la Secretaría de Educación de la Gobernación del Estado Vargas, a los fines de informarle que se autorizó a la ciudadana ELIZABETH BOLIVAR, para que en nombre y representación de su prenombrada hija, pueda tramitar y gestionar las Prestaciones Sociales, Fideicomiso y/o cualquier otro Beneficio Social que le corresponda a la misma, nombrándose como correo especial a la precitada ciudadana. Asimismo, este Tribunal, estará atento a los beneficios que recibirá el niño de marras en el presente asunto, a los fines de aperturar la cuenta de ahorros para su administración. Cúmplase lo ordenado.-