Por todo lo antes expuesto, esta Jueza Segunda de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación en Funciones de Transición del Circuito Judicial de Protección de Niño, Niña y Adolescente de esta Circunscripción Judicial. Administrando Justicia y por la Autoridad que le confiere la Ley declara: CON LUGAR, la Conversión en Divorcio de la solicitud de Separación de Cuerpos, formulada por los ciudadanos SAMUEL ALEJANDRO MARCANO RAMOS y , venezolanos, mayores de edad y titulares de las Cédulas de Identidad Nros. 14.568.967 y 13.044.271, respectivamente, debidamente asistidos por la profesional del derecho MARCIA ZORAIDA ERAZO RADA, Abogada en ejercicio e inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 52.474, en consecuencia, SE DISUELVE EL VINCULO MATRIMONIAL QUE LOS UNE, contraído en fecha siete (07) de Diciembre de Dos Mil cinco (2005), por ante la Primera Autoridad Civil de la Parroquia Naiquatá de Municipio de esta Circunscripción Judicial del estado Vargas, cuya acta corre inserta ba.....