Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Circuito Judicial Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Vargas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, a los ciudadanos JESUS ARNALDO GONZALEZ ESCOBAR, JULIA ESCOBAR DE GONZALEZ, EDGAR JOSE GONZALEZ ESCOBAR, MIRNA LIESSETTE GONZALEZ ESCOBAR e IRAIDA GONZALEZ ESCOBAR, mayores de edad, venezolanos, de este domicilio y titulares de las cédulas de identidad Nros. V- 5.573.345, V- 6.472.718, V- 6.487.166, V- 9.855.289 y V- 9.855.290 respectivamente, con respecto a su causante, JESUS GONZALEZ MEZA, dejando a salvo el derecho de terceros.