Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Circuito Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Vargas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, a los ciudadanos FLOR MARIA BOMPART DE MORALES y JESUS ANTONIO MORALES BOMPART, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-4.565.472 y V-14.314.726, respectivamente, con respecto a su causante JESUS DOMINGO MORALES PEREZ, ello dejando a salvo el derecho de terceros.