este Tribunal administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara: CON LUGAR la Solicitud de Divorcio y por consiguiente DISUELTO EL VINCULO MATRIMONIAL contraído por los ciudadanos DANNY ROSARIO GARCÍA y JULIO RAMÓN SALAZAR HERNÁNDEZ, venezolanos, mayores de edad y titulares de las cédulas de identidades números V-10.610.152 y V-5.574.897, respectivamente, contraído por ante la Primera autoridad Civil del departamento Vargas, Distrito Federal, de fecha 23° de Octubre de 1985, asentada bajo el N°61, folio 04 y vto, del Libro de Registro Civil de Matrimonio llevados por ese Despacho. Ofíciese a los organismos competentes, remitiendo copia certificada de la presente decisión, a los fines legales consiguientes. Expídanse las copias que solicite la parte interesada. Publíquese, Regístrese y déjese copia certificada de la anterior decisión.