Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Circuito Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Vargas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, a los ciudadanos: MARILYN DE JESUS ESTRADA DE MINARDI, CATHERINE MINARDI ESTRADA y CHRISTIAN MINARDI ESTRADA, venezolanos, mayores de edad y titulares de las cédulas de identidad Nros. V-4.117.188, V-13.671.841 y V-15.761.585, respectivamente, con respecto a su causante GIORGIO MINARDI SUMBERAZ, ello dejando a salvo el derecho de terceros.