Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Circuito Judicial Civil, Mercantil y Del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Vargas, administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: SIN LUGAR la Cuestión Previa contenida en el Artículo 346 del Código de Procedimiento Civil, Ordinal 6º, "El defecto de forma de la demanda, por no haberse llenado en el libelo los requisitos que indica el artículo 340, o por haberse hecho la acumulación prohibida en el Artículo 78", opuesta en el Juicio que por CUMPLIMIENTO DE CONTRATO DE ARRENDAMIENTO, tiene incoado el ciudadano ERNESTO RAFAEL LEIDENZ DOMINGUEZ contra ACADEMIA DE AVIACIÓN WORLD FLIGHT TRAINING C.A., ambas ampliamente identificadas.