éste Tribunal declare TÍTULO SUPLETORIO a favor de la ciudadana ELIZABETH COROMOTO PAEZ ARTEAGA , venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-4.166.766, establecido en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, dejando a salvo los derechos de terceros. Así mismo se hace del conocimiento al ciudadano Registrador de no registrar el presente Titulo sin autorización expresa a quien corresponda la propiedad.
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada de la presente decisión el copiador de sentencias llevado por este Tribunal.-