Por las razones expuestas, éste Tribunal Primero de Municipio de la Circunscripción Judicial del estado Vargas, Administrando Justicia en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley, DECLARA: CON LUGAR la Rectificación del Acta de Defunción del ciudadano: VICTOR JOSE CARREÑO, la cual corre inserta bajo el Acta Nº 50, Folio 025 vto., de los libros de Registro Civil para Defunciones, llevados por la Dirección de Registro Civil del Municipio Vargas, correspondiente a la Parroquia Catia La Mar, Segundo Circuito, durante el Año 2007, y de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 774 del Código de Procedimiento Civil, SE ORDENA EN FORMA SUMARIA a los ciudadanos: Registrador Civil de la Parroquia Catia La Mar Segundo Circuito del Municipio Vargas, y al Registrador Principal del Distrito Capital, estampar la debida nota marginal a la partida de Defunción previamente determinada, en el sentido de que: en el lugar donde dice: "Casado (a) con MIRNA DE CARREÑO deberá decir Casado (a) con .....