éste Tribunal administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley considera: PROCEDENTE DECLARAR la Conversión en Divorcio de la Separación de Cuerpos de los ciudadanos: JOSE ALEXANDER PAEZ DIAZ y AURIMAR RUIZZ ORAMAS, venezolanos, mayores de edad y titulares de las cédulas de identidad números V-11.637.123 y V-15.544.403, respectivamente, y en consecuencia se declara: DISUELTO el vinculo conyugal que los une, contraído el día 08 de Agosto de 2008, por ante el extinto Juzgado primero de Municipio de la Circunscripción Judicial del estado Vargas. Ofíciese al organismo competente, remitiendo copia certificada de la presente decisión, a los fines legales consiguientes. Expídanse las copias que solicite la parte interesada. Publíquese, Regístrese y déjese copia certificada de la anterior decisión.