Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal Primero de Municipio de la Circunscripción Judicial del Estado Vargas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, respecto de la de-cujus ZULAY MARCELINA MAYORA BELLO, quien falleció en fecha treinta (30) de febrero de dos mil catorce (2014), y quien en vida fuera titular de la cédula de identidad Nro. V-12.866.791, a los ciudadanos: ISAIAS BELLO, REINA MARÍA MAYORA BELLO, ROMULO RAFAEL BELLO, SANDRA COROMOTO MAYORA BELLO, VICENTE SABINO MAYORA MANAMA, HECTOR JOSÉ MAYORA MANAMA, CARLOS RAMÓN MAYORA BELLO, mayores de edad, venezolanos, de este domicilio y titulares de las cédulas de identidad Nros.- V-6.480.244 V- 7.994.982, V- 8.176.100, V-11.055.658, V-15.025.586, V-14.767.441 y V-7.999.576, respectivamente, dejando a salvo el derecho de terceros.