Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Circuito Judicial Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Vargas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, a los ciudadanos SIMON TELLERIA CEDEÑO, JESUS QUIRINO TELLERIA CEDEÑO, ISMELDO JOSE TELLERIA CEDEÑO y ANIBAL RAFAEL TELLERIA CEDEÑO, mayores de edad, venezolanos, de este domicilio y titulares de las cédulas de identidad Nros. V- 3.566.890, V-2.950.726, V-639.571 y V-3.252.432 respectivamente, con respecto a su causante, FELIA EDMUNDA CEDEÑO DE TELLERIA, dejando a salvo el derecho de terceros.