Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal Primero de Municipio de la Circunscripción Judicial del Estado Vargas, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA LA CONVERSIÓN EN DIVORCIO de la Separación de Cuerpos de los ciudadanos: CARLOS RAMON ORTEGA LEZAMA Y YUSMERIS JOSEFINA LOUIS BOMPART, mayores de edad, venezolanos, de este domicilio y titulares de las cédulas de identidad Nros. V-16.331.899 y V-13.042.935, respectivamente, en consecuencia, queda disuelto el vínculo conyugal que los unía, contraído el día 19 de febrero de 2010, por ante la Dirección de Registro Civil del de la parroquia La Guaira, Estado Vargas.