este Tribunal administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara: CON LUGAR la Solicitud de Divorcio y por consiguiente DISUELTO EL VINCULO MATRIMONIAL contraído RAMON FELIPE HERNANDEZ SALAZAR y LAURA GRACIELA LA CRUZ TORREALBA, venezolanos, mayores de edad y titulares de las cédulas de identidad números V-13.043.561 y V-10.971.599, respectivamente, contraído por ante el Registro Civil de la Parroquia Norte del Municipio Carirubana del estado Falcón, de fecha 26 de diciembre de 2009, inserta en el acta N° 384, del Libro de Registro Civil de Matrimonio llevados por ese Despacho. Ofíciese a los organismos competentes, remitiendo copia certificada de la presente decisión, a los fines legales consiguientes. Expídanse las copias que solicite la parte interesada. Publíquese, Regístrese y déjese copia certificada de la anterior decisión.