Se declara: CON LUGAR la Solicitud de Divorcio, en consecuencia, queda disuelto el vínculo matrimonial que unía a los ciudadanos DAVID VIEITEZ RODRÍGUEZ Y MAIRA ALEJANDRA VIERAS, venezolanos, mayores de edad y titulares de las cédulas de identidad Nros. V-13.864.927 y V-12.905.629, respectivamente, contraído ante la Primera Autoridad Civil del Municipio Los Salias, del Estado Miranda, en fecha 13 de septiembre del año 2013, tal como se evidencia de Acta N° 92, folio 92, Tomo I, inserta en los Libros de Matrimonio llevados por ese despacho. Así se establece.