Se declaró TÍTULO SUPLETORIO a favor de la ciudadana MILDRED DEL VALLE GONZÁLEZ DE GARCÍA venezolana, mayor de edad y titular de la Cédula de Identidad N° V-6.494.149, sobre la casa descrita en el Certificado de Existencia de Bienhechurías Nº DCM-CEB-0080-2016, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, dejando a salvo los derechos de tercero. Así se establece.