Se instruyó a favor de los ciudadanos Lisbeth Fernandez y Hernando Romero titulares respectivamente de las cédulas de identidad Nos 7.705.529 y 23.565.422 titulo supletorio de las bienhechurías descritas en el certificado de construcción emitido por la Dirección de Catastro Municipa, dejando a salvo derechos de terceros.