Evacuada oportunamente la Solicitud que nos ocupa en la siguiente dirección: "Club Balneario la ribera de Playa Azul, Edificio La Guaira, apartamento 323-B, tercer piso, Conjunto Residencial Playa Azul, Parroquia Naiguatá, Municipio Vargas del estado La Guaira", este Tribunal declara instruida la presente solicitud de INSPECCIÓN JUDICIAL y acuerda entregar la misma al solicitante sin decreto alguno, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 938 del Código de Procedimiento Civil.