SE DICTO RESOLUCION MEDIANTE LA CUAL SE declara la INADMISIBILIDAD de la recusación presentada por el ciudadano TITO JOSE ARRIECHI, titular de la cedula de identidad Nro. V-3.610.775, asistido por el abogado ELIO DANIEL MUSTIOLA RIZO, inscrito en el Inpreabogado con el Nro. 46.776, de conformidad con lo previsto en el artículo 102 eiusdem. Y ASÍ SE DECIDE.