Este Tribunal declaró TÍTULO SUPLETORIO, a favor de la ciudadana, TERESA DE JESUS CORREA PEREZ, venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nro., V.-10.756.834, sobre las bienhechurías ubicadas en el sector Catia la Mar, final avenida La Atlántida, Calle N° 01, casa N° 7503, jurisdicción de la Parroquia Catia la Mar, Municipio Vargas del estado La Guaira, debidamente descritas en el informe de inspección Nro., DPPCUC-OMT-474-2023, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, dejando a salvo los derechos de tercero.