El tribunal declara PROCEDENTE la petición formulada por el abogado JULIO CESAR MENDEZ FARIAS y deja fin efectos las citaciones practicadas a la parte demandada, ciudadanos NUBIA MAGDALENA FELICHE PLAZA DE ORTEGA, PEDRO JOSÉ ORTEGA FELICHE, CARLOS ALBERTO ORTEGA FELICHE y PEDRO JOSE ORTEGA, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-7.998.931, V- 20.559.126, V-17.960.053, V- 6.487.433, asimismo de conformidad con el Segundo Aparte del artículo 228 del Código de Procedimiento Civil, el procedimiento se suspenderá hasta tanto que la parte demandante solicite nuevamente la citación de todos los demandados. En consecuencia el tribunal, insta a la parte actora a consignar los fotostatos respectivos, a fin de librar las compulsas relativas a la citación correspondientes a los demandados. Así se establece.-.