Se declara: ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, a los ciudadanos SOCORRO DEL CARMEN NEIRA DUQUE, MAILYANA DANIELA PEÑA NEIRA y ORIANA JOSE PEÑA NEIRA, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio y titulares de las cédulas de identidad Nros. V-7.994.112, V- 18.754.834 y V- 24.802.471 respectivamente, con respecto a su causante, FREDDY ANTONIO PEÑA SILVA, quien en vida fuera venezolano, titular de la cédula de identidad N° 5.372.490, dejando a salvo el derecho de terceros.