Se HOMOLOGA el desistimiento del procedimiento en la solicitud de unico y universales herederos, presentado por la ciudadana LISMAR ALVAREZ TORRES, venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nro. V-11.642.119, debidamente asistida por el abogado FREEDY TIRADO, inscrito en el IPSA bajo el N° 179.290, y acuerda tenerlo como sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada, conforme a lo previsto en los artículos 263 y 264 del Código de Procedimiento Civil. Así se establece.