Se declara ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS a los ciudadanos ALEIDY ELENA RAMIREZ DE RODRIGUEZ, MARÍA ELENA RODRÍGUEZ RAMIREZ y LUÍS RODOLFO RODRÍGUEZ RAMIREZ, titulares de las cédulas de identidad números V-3.608.211, V-7.991 y V-10.583.825, en su orden, con respecto al de cujus LUÍS ENRIQUE RODRÍGUEZ ACOSTA, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, dejando a salvo los derechos de terceros. Expídanse las copias que solicite la parte solicitante.-