Se HOMOLOGA el desistimiento del procedimiento presentado por la abogada NANCY OLLARVES, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 164.739, actuando en su carácter de apoderada judicial de la ciudadana FRANCISCA POUS DE RUANO, venezolana, titular de la cedula de identidad N°V- 11.061.729, y acuerda tenerlo como sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada, conforme a lo previsto en los artículos 263, 265 y 266 del Código de Procedimiento Civil. Así se establece.