Se decreta TÍTULO SUPLETORIO a favor del ciudadano IRVIS RAMÓN VALIDO GÓMEZ, venezolano, mayor de edad, soltero, de este domicilio, titular de la cédula de identidad Nro. V-14.071.096, sobre las bienhechurías constituida por una casa de un nivel,ubicadas en la carretera vieja-caracas-la guaira, sector "Marboro", callejón 30, parte alta, casa s/n, Parroquia Carlos Soublette, Municipio Vargas del estado Vargas, descritas en el certificado de existencia de bienhechurías, expedido por la Dirección de Catastro Municipal del estado Vargas, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, dejando a salvo los derechos de terceros.