Se HOMOLOGA el desistimiento presentado por la ciudadana ENA BIRD, venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad N° V-11.061.278, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 164.344, actuando en su propio nombre y representación, en contra de las sociedades mercantiles RUTAS AÉREAS DE VENEZUELA RAV., S.A., SUMINISTRO DE PERSONAL, C.A., (SUMIPECA) y SERVICIO TÉCNICO AERONÁUTICO DEL ZULIA, C.A., en autos plenamente identificadas, y acuerda tenerlo como SENTENCIA PASADA EN AUTORIDAD DE COSA JUZGADA, conforme a lo previsto en los artículos 263, 265 y 266 del Código de Procedimiento Civil. Así se establece.