Se declara PRIMERO: CON LUGAR la solicitud de Interdicción de la Ciudadana LUISA CRISTINA SOUBLETT MONCADA, venezolano, mayor de edad, Titular de la Cedula de Identidad No. V-6.497.645, formulada por el ciudadano OSCAR EVARISTO GARCIA SOUBLETT, Venezolano, Titular de la Cedula de Identidad No. V-24.179.689. Así se decide. SEGUNDO: Se DECRETA la INTERDICCIÓN definitiva de la ciudadana LUISA CRISTINA SOUBLETT MONCADA, venezolano, mayor de edad, Titular de la Cedula de Identidad No. V-6.497.645 - Así se decide. TERCERO: De conformidad con el artículo 398 del Código Civil, Se ratifica como tutor interino al Ciudadano OSCAR EVARISTO GARCIA SOUBLETT, Venezolano, Titular de la Cedula de Identidad No. V-24.179.689, en su condición de hijo de la ciudadana LUISA CRISTINA SOUBLETT MONCADA, pues, el nombramiento del tutor definitivo sólo puede tener lugar cuando el presente fallo que declara la interdicción haya adquirido fuerza de cosa juzgada, mas no cuando el mismo carezca de firmeza por encon.....