Se declara: CON LUGAR la Solicitud de Divorcio y por consiguiente DISUELTO el vinculo matrimonial contraído por los ciudadanos JOSE RAFAEL ROJAS BOCOURTT y MILAGRO COROMOTO ROJAS SANCHEZ, venezolanos, mayores de edad y titulares de las cédulas de identidad números V-5.098.359 y V-9.601.939, respectivamente, contraído por ante el Jefe Civil de la Parroquia Unión Municipio Iribarren, Estado Lara, de fecha 25 de enero de 1979, asentada bajo el N° 30, folio 31 Fte, del Libro de Registro Civil de Matrimonio llevados por ese Despacho. Ofíciese a los organismos competentes, remitiendo copia certificada de la presente decisión, a los fines legales consiguientes.