Este Tribunal Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara CON LUGAR la Solicitud de Divorcio planteada de conformidad con el Articulo 185-A del Código Civil, y por consiguiente DISUELTO el vinculo matrimonial que unía a los ciudadanos NORMA LYSBETTE MONTESINOS DE FONSECA y JESUS FERNANDO FONSECA ORTIZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de Identidad números V- 6.495.733 y V- 6.845.220, respectivamente, contraído por ante la jefatura civil de la parroquia Catia la mar, en fecha 18/08/1988, del Libro de Registro Civil de Matrimonio llevados por ese Despacho. Ofíciese a los organismos competentes, remitiendo copia certificada de la presente decisión, a los fines legales consiguientes.