Por los razonamientos anteriormente expuestos este Tribunal Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Circuito Judicial Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Vargas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara EXTINGUIDO el proceso que por RECONOCIMIENTO DE DOCUMENTO PRIVADO, interpuesto por la ciudadana: DELIA PIÑANGO, venezolana, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad Nº V-2.904.069, asistida por el abogado ERICK J. PEÑA, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 52.113, contra JULIETA RIVAS Y WENDER REGALADO RIVAS, titulares de las cédulas de identidad Nro. 2.901.724 y 7.994.029, respectivamente.