Este Tribunal declara ÚNICA Y UNIVERSAL HEREDERA a la ciudadana MARISOL ALEGRIA DE TRIAS, mayor de edad, venezolana, titular de la cedula de identidad número V-5.573.259, y sus hijos ciudadanos JESUS ENRIQUE TRIAS ALEGRIA, JUAN CARLOS TRIAS ALEGRIA y CARLOS JOSÉ TRIAS ALEGRIA, títulares de las cédulas de identidad Nros. V-11.592.729, V-17.155.616 y V-20.784.045, respectivamente, con respecto al de cujus SAUL ENRIQUE RIZO QUINTERO, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, dejando a salvo los derechos de terceros.