Se declara TITULO SUPLETORIO a favor de los ciudadanos GRISELDA EMILIA RODRIGUEZ DELGADO, BRAIAN EDUARDO MARTINEZ RODRIGUEZ y MIGUEL ANGEL MARTINEZ, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio, solteros y titulares de las cédulas de identidad Nros. V-6.495.658, V-21.194.614 y V-5.093.750, respectivamente, sobre las bienhechurías descritas en el certificado de bienhechurías N° DCM-CEB 0071-2015, ubicadas en el Barrio Alcabala Vieja, callejón sucre, casa Nro. 155, Parroquia Carlos Soublette, Municipio Vargas del estado Vargas, sobre un terreno que no es propiedad municipal, cuya superficie suma un total de 86.8 mts2 de terreno y 60.32 mts2 de construcción, constituida por una casa distribuida de la siguiente manera: tres (03) dormitorios, un (01) baño, una (01) cocina, un (01) comedor, una (01) sala, un (01) porche, y con los siguientes linderos descritos en su solicitud: NORTE: Con callejón o camino vecinal en 5,20 mts; SUR: Con casa que es o fue de la Sra. MARÍA HERNÁNDEZ, en 5.20 .....