Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Circuito Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Vargas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, a los ciudadanos DIOGENES HUMBERTO PREFFETTI SOSA, DEYSON JESUS PERFFETTI D WUENTH y DIOGNIS JESUS PERFFETTI D WUENTH, mayores de edad, venezolanos, titulares de las cédulas de identidad Nros. V- 6.465.657, 15.544.930 y 18.324.932, respectivamente, con respecto a su causante, SOLEDAD DE MARIA D WUENTH DE PERFFETTI, y quien en vida fuera venezolana, titular de la cédula de identidad Nro. V-5.574.948, dejando a salvo el derecho de terceros.