Este Tribunal Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Circuito Judicial Civil de la Circunscripción Judicial del Estado Vargas, declara: PRIMERO: Se decreta la Interdicción Provisional de DOLLY BUITRAGO AREAS, mayor de edad, de éste domicilio y titular de la cédula de identidad N° V- 13.572.366. SEGUNDO: Se designa como Tutor Interino a el ciudadano ORANGEL ANTONIO CAYAMA BUITRAGO, Venezolano, mayor de edad, de este domicilio, y titular de la cédula de identidad N° V-13.673.228, en su condición de hijo de la presunta entredicha. Notifíquese al designado, a los fines de su aceptación y juramento de ley. De conformidad con lo dispuesto en los artículos 414 y 415 del Código Civil, se ordena expedir copia certificada del presente decreto a los fines de su registro y publicación. TERCERO: Notifíquese al Fiscal del Ministerio Publico de la presente decisión. Conforme a lo pautado en el artículo 734 del Código de Procedimiento Civil, se ordena seguir formalmente el proceso p.....